Indice
Plazos necesarios para cancelar los antecedentes penales
Para poder hacer el cálculo y conocer si podemos o no solicitar la cancelación de los antecedentes penales, será necesario saber si la pena a la que se ha condenado es leve, menos grave o grave.
- SEIS MESES para las penas leves.
- DOS AÑOS para las penas que no excedan de doce meses y las impuestas por delitos imprudentes.
- TRES AÑOS para las restantes penas menos graves inferiores a tres años.
- CINCO AÑOS para las restantes penas menos graves iguales o superiores a tres años.
- DIEZ AÑOS para las penas graves.
El cómputo de estos plazos se interrumpirá por la comisión de nuevos delitos durante su transcurso.