Sentencia dictada por el Jdo. Contencioso Administrativo nº 1 de Toledo INDEMNIZANDO por NEGLIGENCIA MÉDICA sufrida por nuestro cliente como consecuencia de una mala praxis médica al no haber visto bien los médicos una radiografía, lo que derivó en la pérdida de movilidad de la mano de nuestro cliente.
La aseguradora demandada ( ZURICH) negaba la existencia de negligencia médica y se oponía a indemnizar a nuestro cliente ; sin embargo, el juez, siguiendo nuestro criterio , entiende que “ se cumplen los requisitos de la acción de responsabilidad patrimonial puesto que es evidente que se produjo un retraso de diagnóstico de 20 días, al que se suma una incompleta asistencia injustificadamente, lo que impidió el encauzamiento y tratamiento del proceso traumático padecido por el demandante y su abordaje precoz”.
Asimismo, entiende que “los ciudadanos deben contar frente a sus servicios públicos de salud con la garantía de que, al menos, van a ser tratados con diligencia aplicando los medios y los instrumentos que la ciencia médica posee a disposición de las administraciones sanitarias”.
Así, nuestro cliente obtuvo una INDEMNIZACIÓN por importe de 166.672’28 euros, más intereses.